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jueves, 30 de mayo de 2013

Tribunal de Venezuela prohíbe a capellanes cristianos uso de símbolos patrios

30 mayo, 2013 | Noticias Cristianas mujica.com
Tribunal de Venezuela prohíbe a capellanes cristianos uso de símbolos patrios
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, prohibió a la Federación Internacional de Capellanes y Derechos Humanos, el uso de la Bandera Nacional y el Escudo Nacional de ese país por considerarlos publicaciones oficiales de los Poderes Públicos; así lo señala las sentencias números 041 y 520, de fechas 24 de enero y 29 de mayo del presente año; respectivamente.
Según la Dirección de Justicia y Culto del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia de Venezuela la Federación Internacional de Capellanes y Derechos Humanos, tiene prohibido el uso de los símbolos patrios en sus publicaciones de cualquier tipo porque le daban un uso indebido.
A lo anterior la Procuraduría General de la República, sostuvo que el uso del Escudo de Armas de Venezuela está estrictamente reservado a la correspondencia y publicaciones oficiales de los Poderes Públicos Nacionales, Estatales y Municipales; “de modo que cualquier otra institución no comprendida entre ellos no puede utilizar el Escudo de Armas de la República Bolivariana de Venezuela, por nobles y altruistas que puedan ser sus fines, por lo que la Federación accionante está imposibilitada para hacerlo”.
No obstante, la representación judicial de la Federación de Capellanes, señaló que los símbolos patrios se utilizan indiscriminadamente por los particulares en gorras, camisas, chaquetas, pantalones, blusas, vestidos, faldas, maracas, cuatros, sábanas, anillos, en cartas particulares y en publicaciones de prensa, sin que exista ningún tipo de prohibición.
De allí que la Federación, acudiera ante el Tribunal Supremo de Justicia, solicitando la interpretación sobre el contenido y alcance de los artículos 10, 17 y la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Bandera Nacional, Himno Nacional y Escudo de Armas de la República Bolivariana de Venezuela. Acción judicial que el Máximo Juzgado del país declaró inadmisible, a lo que la Federación, apeló dicha decisión dejándola de igual modo improcedente o inadmisible.
Vale destacar que la Federación Internacional de Capellanes y Derechos Humanos, cuya sede principal está ubicada en Estados Unidos, tiene como la formación de Capellanes Cristianos de todas las denominaciones, al servicio del pobre, el huérfano, la viuda y el necesitado con fundamento en la Santa Biblia y por otra parte la Defensa de los Derechos Humanos, es decir, derecho a la Vida, Derecho al Trabajo, Derecho de Tránsito, Derecho a la Igualdad, Derecho de Libertad, con fundamento en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás instrumentos jurídicos nacionales e internacionales en la materia.

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